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Denominación social: COITIGU
CIF: G-19149111
Avda. del Ejército 15
19003 Guadalajara
Tel.: 949 230 361
administracion@coitigu.es

Horario Secretaría
lunes a jueves
9 a 15h 16:00 a 18:00h
viernes: 8h a 15h

COITIGU a tu servicio

El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Guadalajara es una Corporación de derecho público que reconocida como tal por el Estado, tiene plena personalidad jurídica para el cumplimiento de sus fines, que se rige por sus propios Estatutos. Es la institución representativa de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, que mediante la organización de actividades y servicios diversos, contribuye a la mejora de la calidad de las prestaciones que éste ofrece a la Sociedad.

Su ámbito territorial comprende la provincia de Guadalajara.

 

COLEGIACIÓN

La Colegiación será obligatoria para el ejercicio de la profesión.

Se pueden colegiar:

Los españoles y otros ciudadanos de la Unión Europea que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

  • que estén en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial (Especialidad: Mecánica, Electricidad, Electrónica, Química y Textil) o que estén en posesión del título universitario oficial de Grado que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Técnico Industrial.;
  • que hayan obtenido del Ministerio de Educación y Cultura la convalidación de título extranjero por el indicado en el punto anterior;
  • los extranjeros, no ciudadanos de la Unión Europea, que cumplan la siguiente condición:

haber obtenido la convalidación de un título extranjero por el indicado en el punto 1. Para este caso, será necesario presentar la documentación al Consejo General de Ingenieros Técnicos Industriales de España, que dará la conformidad oportuna.


 

La documentación necesaria para colegiarse es la siguiente:

  1. Original y Fotocopia de uno cualquiera de los tres documentos siguientes:
    • Título Académico.
    • Resguardo definitivo sellado por la Escuela Universitaria, que acredite haber abonado los derechos del Título y haber finalizado la carrera.
    • Certificación Académica personal, en la que se especifique que se ha obtenido la Ingeniería Técnica Industrial correspondiente.
  2. Fotocopia del DNI ó del pasaporte
  3. Una fotografía tamaño carnet.
  4. Archivo informático con fotografía en formato jpg (enviar por correo electrónico a la dirección,  administracion@coitigu.es)
  5. Cumplimentar los impresos facilitados por el Colegio:
    1. Solicitud de Colegiación
    2. Afiliación Asociación I.T.I.-Guadalajara
    3. Domiciliación Bancaria
    4. Impreso Protección de Datos


 

Las cuotas del Colegio son las siguientes:

  1. Cuota General: 97,94 €/año (en recibos semestrales de 48,97 €). Corresponde a todos los Colegiados, excepto a aquellos que tengan derecho a la cuota reducida o estén exentos de la misma.
  2. Cuota Reducida (50% de la cuota general): 48,97 €/año (en recibos semestrales de 24,49 €). Corresponde a aquellos Colegiados que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Cuando justificando la situación de Paro (ver exención de cuota), haya transcurrido más de un año en esa situación. Deberá comunicarse dicho estado laboral según lo indicado en el apartado “exención de cuota”.

b) En situación de prejubilado: deberá comunicarse esta situación adjuntando fotocopia del documento acreditativo de la misma. En el mes de Diciembre de cada año será necesario renovar la situación de prejubilado mediante comunicación escrita, adjuntando fotocopia del correspondiente documento actualizado.


La cuota será sometida a revisión anual y variación según IPC

Exención de Cuota: corresponde a colegiados que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:

  1. En situación de Jubilado: para acogerse a esta situación será necesario haber estado de alta en el Colegio un mínimo de SIETE años, de los cuales, al menos tres, deben ser los inmediatos anteriores. La exención de cuota se solicitará por escrito, adjuntando fotocopia del documento acreditativo de la jubilación. En el mes de diciembre de cada año será necesario renovar la solicitud de exención de cuota mediante comunicación escrita;

  2. Cuando durante el primer año de Colegiación, se halle en situación de Paro Laboral: deberá comunicarse esta situación acreditándola mediante fotocopia de la tarjeta de demanda actualizada ó certificado de inscripción en el INEM. A los cinco meses deberá presentarse nuevamente fotocopia actualizada de uno de los citados documentos, para poder seguir acogiéndose a esta cuota reducida, de lo contrario, pasaría automáticamente a la cuota general;

  3. En situación de incapacidad laboral absoluta: para acogerse a esta situación será necesario haber estado de alta en el Colegio un mínimo de SIETE años, de los cuales, al menos tres deben ser los inmediatos anteriores. La exención de cuota se solicitará por escrito, adjuntando fotocopia del documento acreditativo de la incapacidad laboral absoluta. En el mes de diciembre de cada año será necesario renovar la solicitud de exención de cuota mediante comunicación escrita.

 
 

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