El B.O.E. de fecha 31 de Enero de 2007, publica el Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios de Nueva Construcción.
En él se establecen las condiciones técnicas y administrativas para las certificaciones de eficiencia energética de los proyectos y de los edificios terminados.
El texto completo puedes descargártelo desde el apartado "Legislación", subapartado "Legislación General".
Se crea un distintivo común, de aplicación en todo el territorio nacional, denominado ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA que, en el caso de edificios públicos, deberá ser exhibido de forma destacada.
Resulta especialmente significativo que este Decreto concreta un régimen sancionador con infracciones y sanciones, de acuerdo con lo previsto legalmente en materia de protección de los consumidores.
Las especificaciones de esta legislación se pueden aplicar ya con carácter voluntario, sin embargo, de conformidad con los plazos establecidos, serán de aplicación obligatoria A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 2007.
Para velar por el mantenimiento, actualización y verificación permanente de este Procedimiento Básico se crea una Comisión Asesora, como órgano colegiado permanente.